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Información General |En el marco de procesos judiciales de violencia contra la mujer

Prueban un dispositivo que avisa cuando un agresor se acerca a 300 mts de su víctima

Las “pulseras duales” se colocan a las dos partes y, si se aproximan a esa distancia, envían una alerta a fin de evitar que se junten

Prueban un dispositivo que avisa cuando un agresor se acerca a 300 mts de su víctima

Los dispositivos que componen el sistema de monitoreo / web

14 de Enero de 2019 | 02:56
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El Ministerio de Gobierno de Entre Ríos iniciará hoy la implementación de “pulseras duales”, que se colocan tanto a las víctimas como a los agresores, para el control, monitoreo y aseguramiento de medidas cautelares dispuestas en el marco de procesos judiciales de violencia contra la mujer.

Se trata de un dispositivo dual que, a través de un mecanismo de geolocalización, activa una alarma cuando detecta la proximidad de ambos elementos portables.

El sistema se considera más efectivo que el botón antipánico en cuanto a que avisa a la víctima, o a quien esté monitoreando la señal, cuando el agresor se acerca a menos de 300 metros. Este mecanismo permite a la víctima tener más tiempo para huir o a la Policía para llegar al sitio indicado.

Su uso está previsto para “casos de alto riesgo”, en base a los criterios consensuados y establecidos mediante un acuerdo con el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos. Previamente, se realizaron capacitaciones a funcionarios y 51 agentes policiales de Entre Ríos durante los últimos seis meses.

El secretario de Justicia provincial, Pablo Biaggini, detalló que Paraná será la ciudad “donde comenzará a implementarse el monitoreo de pulseras duales” que luego “se extenderá progresivamente a toda la provincia”.

El sistema de 911 será el encargado operativo en función de las medidas que adopten los jueces de familia con jurisdicción en la ciudad.

Se habla de dualidad porque los aparatos tienen un mecanismo que les permite reconocerse entre sí, se georreferencian y se calibran para que se active la alarma si violan la distancia perimetral determinada por la justicia. La pulsera, que deberá ser colocada por personal idóneo, es resistente al agua y dispara un alerta si se intenta manipular, sacar o romper. Además, tiene un sensor biodinámico que registra la actividad corporal.

El uso de estas pulseras también es evaluado por otras provincias, algunas de las cuales ya comenzaron con la capacitación de las personas que estarán a cargo del manejo e implementación de los dispositivos, además del posterior monitoreo de quienes los lleven puestos.

Polémica con un detenido

Por otro lado, en una medida “excepcional”, la justicia de Corrientes ordenó que un hombre cumpla arresto domiciliario para “cuidar a su hijo menor”, que “no tiene quien lo cuide porque su madre debe asistir a su hermano mayor, quien tiene leucemia y está bajo tratamiento”, informaron desde la Procuración Penitenciaria Nacional (PPN).

Se trata de un interno que estaba alojado en una unidad no penitenciaria de la localidad correntina de Paso de los Libres, quien por orden de la Cámara de Apelaciones de Corrientes esperará la condena en su casa.

La medida judicial es “excepcional” y se basó en el “interés superior del niño”, ya que el hombre, que estaba procesado sin condena desde hace un año, tiene un hijo con leucemia en tratamiento y al cuidado permanente de la madre, mientras que el hijo menor quedaba “sin amparo en la vivienda familiar, situada a 1.000 kilómetros del lugar del arresto”.

“La resolución determinó que personal de Gendarmería hará un informe cada 15 días para verificar el cumplimiento de la medida y la situación de salud de los menores y su padre”, dijo Nicolás Cabrera, delegado de la región Noreste de la PPN, organismo que actuó como “Amicus Curae” en la audiencia del 28 de diciembre.

“El hijo mayor con leucemia está al cuidado exclusivo de la madre y el menor, por quedar sin atención, ya había perdido la escolaridad, entre otras consecuencias”, argumentó Cabrera.

El tribunal, integrado por los jueces Mirtha Gladis Sotelo de Andreau, Selva Angélica Spessot y Víctor Antonio Alonso González, había rechazado la sentencia de primera instancia, que no había otorgado el arresto domiciliario, y ordenado ejecutar el beneficio “ni bien se habilitara el monitoreo (pulsera) electrónico”, lo que ocurrió en forma inmediata.

 

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