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La medida no se concretará hasta que quede firme. Para definir la situación del padre del nene de 7 años los jueces pidieron otro informe
Renzo murió el 10 de octubre de 2017 al caer de un séptimo piso / EL DIA
La madre de Renzo adelantó que apelarán la medida y se mostró indignada
El tribunal Oral en lo Criminal 3 de La Plata resolvió conceder el arresto domiciliario a una de los dos acusados del crimen de Renzo Villanueva, el nene de 7 años con síndrome de Down que el 10 de octubre de 2017 cayó del séptimo piso de un edificio de 9 entre 55 y 56, y fijó el inicio del debate para abril de 2022. El beneficio recayó en Rosa Martignoni, pareja del padre del niño, Diego Villanueva, quien había pedido la misma morigeración, aunque para definir su situación los jueces Andrés Vitali, Santiago Paolini y Ernesto Domenech pidieron informes complementarios, informaron fuentes judiciales.
“La Justicia sigue matando a Renzo”, opinó con bronca la madre del niño, Ángela Donato, antes de confirmar que apelarán la resolución en las próximas horas.
Precisamente, los jueces aclararon que Martignoni no podrá dejar la unidad carcelaria en la que se encuentra con prisión preventiva por “homicidio simple” (en un complejo de Florencio Varela) hasta que la medida quede firme, lo que podría suceder -si la sala de feria de la Cámara no acepta analizar el pedido- después de la feria que arranca el próximo lunes.
La defensa de los acusados, a cargo de Darío Saldaño y Juan José Barragán, avanzará próximamente con su planteo de “abuso institucional de parte de la madre de Renzo contra su padre apelando a la victimización, incluso desde ante de la muerte del niño”, indicaron.
Los abogados de Ángela, en tanto, pretenden que el caso se juzgue como un femicidio vinculado: los padres que matan a sus hijos para castigar a las mujeres.
En la audiencia previa a esta resolución, donde las partes expusieron sus argumentos a favor y en contra del arresto domiciliario de los imputados, los defensores sostuvieron que “ambos estuvieron siempre a derecho y no hay riesgo de frustración de los fines del proceso”, sin pasar por alto que los dos “tienen un buen concepto en las unidades carcelarias en las que están alojados, adaptados y sujetos a las normas”.
En el caso de Villanueva, resaltaron que estaría dispuesto a continuar “con los tratamientos que viene recibiendo” desde hace meses a raíz de una “profunda crisis depresiva e intento de suicidio” por la pérdida de su hijo, refirieron los abogados. Solicitaron también que la pena en expectativa (perpetua, en el caso del padre) “no fuera valorada en forma aislada para no convertirlo en un adelantamiento” de la misma.
La fiscal Leila Aguilar y el particular damnificado, en representación de la madre del niño, se opusieron al planteo, justamente por la sanción en expectativa y la falta de garantías respecto del lugar de alojamiento que propusieron para cumplir con la detención domiciliaria: la casa de la madre de Villanueva.
Según Aguilar, la mujer “no estaría radicada de forma permanente en la Ciudad ni es familiar directo de la imputada”, lo que no garantiza- a criterio de la fiscal- que “ambos se sujeten a proceso”.
La defensa refutó esta hipótesis al asegurar que la madre de Villanueva “está viviendo en La Plata desde el momento del hecho” y contraponer que “no ser pariente (de Martignoni) es un argumento a su favor, ya que si no diera aviso de una eventual profuguez quedaría expuesta a una mayor carga de punibulidad”.
Finalmente el tribunal concedió el beneficio a la mujer por considerar que tiene “un núcleo familiar contenedor, con disposición al acompañamiento y control”, y basado en el informe de “peritos psiquiátricos y psicólogos” que la declararon “expuesta a situaciones de altísimo riesgo para su situación psicofísica”, entre otras cuestiones: “Siempre estuvo a derecho, participó en todas las diligencias probatorias y se presentó en forma voluntaria a su detención”.
Para el caso de Villanueva, los jueces pidieron informes complementarios y que un experto “defina si puede hacerse de nuevo el peritaje sin la medicación, sin poner en riesgo la integridad psicofísica del acusado”. Requirieron también al Servicio Penitenciario Bonaerense que pida a la Unidad 34 que se expida sobre “la posibilidad de que el acusado realice” de forma particular “los tratamientos que viene recibiendo” por su patología.
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