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Tres agentes fueron hallados responsables por el fallecimiento del joven de Tolosa. El autor de la patada que desestabilizó la moto recibió cuatro años y ocho meses, y los otros dos, tres años por falsear documentación
María Florencia y Daiana, mamá y hermana de Lito Costilla / EL DIA
La Justicia platense dio por cerrado el juicio abreviado por la muerte de Néstor Ramón “Lito” Costilla, ocurrida el 7 de octubre de 2020 en Tolosa, y dictó sentencia contra los tres policías imputados. El fallo del Tribunal Oral Criminal III convalidó el acuerdo entre fiscalía, defensas y particulares damnificados, y estableció responsabilidades penales diferenciadas.
El caso se remonta a aquella noche en la que Costilla, de 28 años, padre de cinco hijos y repartidor, regresaba a su casa en la moto de su padre tras dejar a un amigo. En un primer momento, el episodio fue presentado como un accidente de tránsito. Sin embargo, la investigación determinó que el joven fue perseguido por un móvil policial y que uno de los efectivos le propinó una patada a la moto, lo que provocó su caída y el impacto fatal contra un poste. Peritajes posteriores descartaron que circulara a alta velocidad.
El juez Andrés Vitali resolvió condenar a Sergio Ceferino Miguel Martínez como autor de homicidio culposo en concurso real con falsedad ideológica de documento público. La pena fijada fue de cuatro años y ocho meses de prisión, más seis años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, accesorias legales y costas. El tribunal entendió que Martínez, al impactar con su pierna el rodado, generó un riesgo no permitido que se materializó en la muerte de Costilla. Además, participó en la confección de un acta policial con datos falsos.
En el caso de Rodríguez Medina y Aquino, el Tribunal entendió que no tuvieron responsabilidad penal en la maniobra que derivó en la muerte de Costilla, pero sí en el intento posterior de encubrir lo sucedido. Por eso los condenó por falsedad ideológica de documento público, al acreditar que insertaron información falsa en el acta del procedimiento. Ambos recibieron tres años de prisión y seis de inhabilitación.
Desde el punto de vista jurídico, la sentencia implica escenarios distintos. Martínez continuará bajo arresto domiciliario con monitoreo electrónico, beneficio que ya tenía concedido y que el tribunal decidió mantener. La pena de prisión fue dada por compurgada con la preventiva que viene cumpliendo, aunque seguirá bajo la modalidad domiciliaria hasta tanto la condena quede firme o se resuelva una eventual revisión.
Rodríguez Medina y Aquino, en cambio, fueron excarcelados. Si bien la condena es de cumplimiento efectivo, el tribunal consideró que los tres años impuestos ya se encuentran cumplidos con el tiempo que pasaron detenidos bajo prisión preventiva. Por eso se ordenó su inmediata libertad, previa verificación de que no registren otras capturas pendientes. No obstante, la inhabilitación para ejercer cargos públicos se mantiene vigente por seis años.
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Con la homologación del juicio abreviado, la causa no queda automáticamente firme. Se abre ahora la etapa recursiva ante el Tribunal de Casación bonaerense. De hecho, la defensa de los efectivos, encabezada por Martín Sarubbi, ya adelantó que recurrirá el fallo.
Para los familiares de Costilla, el cierre judicial llega con sentimientos encontrados. “La justicia argentina no existe, entonces no teníamos demasiadas expectativas y por eso queríamos que esto se termine y podamos hacer verdaderamente el duelo”, expresaron tras conocerse la sentencia.
Lo cierto es que el punto central del fallo es que la Justicia descartó definitivamente la hipótesis de un siniestro vial y confirmó que la muerte se produjo tras una maniobra antirreglamentaria de un efectivo policial, seguida por la confección de un acta con datos falsos para encubrir lo sucedido.
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