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Policiales |PRESENTÓ NUEVO DICTAMEN Y YA HABÍA INTERVENIDO POR EL ANTERIOR JUICIO AL DOCENTE

Recusaron a una fiscal de Casación en la causa Puig

La defensa del condenado denunció una situación de gravedad institucional. “Atenta contra la objetividad del proceso”, aseguraron

Recusaron a una fiscal de Casación en la causa Puig

Lucas Puig sigue detenido con una condena de 35 años de cárcel / Web

3 de Noviembre de 2022 | 04:02
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La defensa del profesor de música, Lucas Puig, sentenciado a 35 años de cárcel por dos presuntos casos de abuso sexual en el jardín San Benjamín de Los Hornos, que habrían ocurrido en el año 2010, volvió a interponer una recusación, esta vez contra Alejandra Marcela Moretti, fiscal adjunta ante el Tribunal de Casación bonaerense.

Según el escrito al que este diario tuvo acceso, para los letrados del docente, la representante del Ministerio Público, al formalizar un nuevo dictamen en oportunidad del recurso de queja que ingresaron contra el fallo condenatorio, presuntamente contrarió los principios de “objetividad, legalidad y razonabilidad”, que deben regir el proceso judicial.

Es que, según se remarcó en la recusación, la fiscal adjunta tuvo una anterior intervención en la causa Puig, en oportunidad del primer fallo absolutorio, cuando acompañó la apelación de su colega de juicio, Silvina Langone, por aquel entonces requiriendo que se cace el resolutorio y se revierta lo dictaminado, por entenderlo contrario a derecho.

Aquí se entraman, a decir de los doctores Gastón Nicocia, Daniel Apaz y Adrián Fernández Koenig, varias irregularidades.

En la presentación se hace mención a una serie de denuncias, de las que la fiscal adjunta tomó conocimiento y, sin embargo, “pretende legitimarse en esta nueva instancia, contestando dictámenes”.

Los abogados de Puig avanzaron en esa línea y expresaron que “la fiscal adjunta de Casación y, por los motivos que hoy se legitiman, resultó conocedora de las vicisitudes procesales, sin embargo, ahora acomete nuevamente, legitimándose en su función, dictaminando, por fuera de todo principio rector de objetividad -y mediando circunstancias que, por su gravedad, afectan su independencia e imparcialidad (...), cuando ya hubo en el presente proceso de tomar intervención persecutoria en un sentido y omisiva de ´cuerpo´ en la supuesta comisión de delitos”.

“La Dra. Moretti (...) tuvo claro conocimiento (...) que días antes de interponer acusación pública y privada sendos recursos casatorios afirmando los hechos acontecidos en el año 2010, los particulares damnificados interpusieron nuevas y sendas denuncias (afirmando ahora en forma auto contradictoria, en esta diferente y nueva instancia que los hechos acontecieron en el año 2009) ante la UFIJ Nº 7 (...), sin embargo y ante dicha denuncia del hecho nuevo, siendo conocida en el incidente casatorio, la aquí recusada nada dijo, mucho menos denunció, menos aún advirtió a su Superior cuando así la ley lo establece sobre este delito en el ámbito de la tramitación de un recurso y de la posterior resolución casatoria en el ámbito de la Sala V del TCPBA, integrada en su oportunidad, y a la postre fallada, por el ex magistrado denunciado Dr. Ordoqui”.

En la recusación, se indicó además que la fiscal adjunta de Casación “no adecuó, ni adecua en el presente, sus actos a criterios objetivos de actuación, todo lo contrario ante la posible comisión de delitos de acción pública, resultó remisa a denunciarlos y/o a ponerlos en conocimiento de su superior, siendo así obligatorio por su función, y por esas ´reglas de cortesía´ comparte ahora en autos idéntica impronta funcional que sus colegas del cuerpo, actuando en claro menosprecio a la ley, en un claro rol ´de cuerpo´, cuando ya se advertía y así se denunciaba un ilícito en el marco de un proceso penal”.

 

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