446 entre el parque ecológicolo y 21 a, la cuadra del ataque / Street View
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446 entre el parque ecológicolo y 21 a, la cuadra del ataque / Street View
“En poblado y en banda”. Ese fue el título de una nota publicada días atrás sobre una peligrosa modalidad delictiva detectada en distintos puntos de la Ciudad y que reflejaba el accionar de grupos armados con cuatro o más integrantes.
La violencia de esta forma de expresión del hampa, es sin dudas su sello distintivo. El mismo que se acaba de sentir en City Bell, sobre la calle 446 entre el Parque Ecológico y la calle 21a.
De acuerdo a lo que pudo saber este diario, en la madrugada de ayer, poco después de la una, una banda de cinco ladrones se coló en una propiedad de la cuadra, donde presentó las peores credenciales.
En ese sentido, trascendió que, a fuerza de golpes y amenazas, los intrusos se apoderaron de una cantidad desconocida de dinero en efectivo y de dos teléfonos celulares, con los que fugaron en dirección al predio municipal.
Al parecer, fácilmente lograron superar el vallado perimetral y desaparecer en medio de la oscuridad de la noche.
Al dueño del inmueble, de 55 años, le pegaron un culatazo en la cabeza, por el que necesitó asistencia médica, aunque sin tener que ser derivado a un centro asistencial.
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Apenas trascendió la noticia de lo ocurrido, personal policial, del Comando de Patrulla La Plata y del GTO de la seccional décima, se hizo cargo del operativo, aunque los rastrillajes lanzados en la inmediatez del hecho no arrojaron los resultados deseados.
Como dijimos, fueron varios episodios de inseguridad, en distintos barrios de La Plata, con grupos de ladrones numerosos.
El Código Penal argentino, que agrava este tipo de accionar, exige fundamentalmente la comisión de un hecho por tres o más personas, con presencia activa y cumpliendo actos de ejecución, para lo cual no resulta necesario que dicha pluralidad de miembros haya constituido previamente una asociación ilícita destinada a cometer delitos.
Se trata sin dudas de una modalidad operativa que se traduce en una mayor peligrosidad hacia la víctima del ataque y en una mayor eficacia delictiva.
La figura queda subsumida dentro de la generalidad de los robos, prevista en el artículo 164 del Código Penal, que establece: “Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometido para procurar su impunidad”.
Por eso, para los casos donde se configura la agresión desapoderativa “en poblado y en banda”, la sanción en expectativa pasa a ser de 3 a 10 años de cárcel.
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