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Según se conoció en las últimas horas, el Gobierno nacional enviará en las próximas horas un proyecto de ley al Congreso que aborda la facturación de servicios públicos esenciales y que busca eliminar los cargos provinciales y municipales en las boletas de tarifas de electricidad, gas y agua que llegan a los hogares de todo el país.
Bajo el nombre de “Ley de Transparencia en la Facturación de Servicios Públicos Esenciales”, la iniciativa está explicitada en un total de 13 artículos. Además se incorporan sanciones a quienes incumplan con la tipificación expuesta.
Entre los puntos más destacados del proyecto se encuentra el artículo en el que se detalla que “las facturas de los servicios públicos esenciales” deberán “contener exclusivamente los cargos por el consumo realizado por el usuario, calculado según el cuadro tarifario vigente al momento de la facturación, más los cargos por mayor consumo y subsidios si correspondiere”, incluyendo IVA e Ingresos Brutos “si correspondiere” también.
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También, en otro apartado (artículo 7) se explica que “no se podrá incorporar a la facturación cualquier otro cargo, tasa o concepto ajeno a los expresados” en el párrafo anterior.
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Además, con la mira puesta en que el contribuyente abone sólo por lo que consume, el artículo octavo señala que “el usuario podrá hacer uso del derecho de pagar sólo el monto que totalicen los conceptos previstos en el artículo seis, imputándose válido el pago del servicio público en cuestión”.
LAS SANCIONES QUE SE APLICARÁN
El proyecto de ley impulsado por el Gobierno nacional también contienen una serie de sanciones ante el incumplimiento de la ley. Según se expone irán en forma creciente en el siguiente orden: apercibimiento, multa equivalente a multiplicar en 10 a 10 mil veces el monto facturado indebidamente o la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.
Además de invitar a las provincias, incluyendo a sus municipios, y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la ley, con esta iniciativa del ejecutivo nacional se busca “garantizar el derecho constitucional de los usuarios y consumidores a recibir una información adecuada, veraz y precisa relativa al consumo de los servicios públicos esenciales”.
También se busca evitar “distorsiones en la información el monto a abonar, producidos por conceptos ajenos a la prestación del servicio o improcedentes de ser incorporados en dicha factura”. Más allá de la adhesión provincial, la iniciativa aclara que se trata de una ley de “carácter público nacional, siendo sus normas de carácter federal”.
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Entre los sujetos obligados, el proyecto menciona a “los responsables de la facturación para el cobro de prestaciones de servicios públicos de energía eléctrica, gas y agua, sean estos entes públicos o privados, independientemente de la figura jurídica que posean y el alcance territorial de la prestación del servicios”. Finalmente, la autoridad de aplicación, o sea el Poder Ejecutivo Nacional, deberá notificar a los “sujetos obligados dentro de los veinte días posteriores a su promulgación”.
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