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Es por la presunta apropiación indebida de retenciones impositivas y aportes de la seguridad social
Toviggino y “Chiqui” tapia fueron citados a indagatoria / web
El juez en lo Penal Económico Diego Amarante citó a declaración indagatoria al presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino, en el marco de una causa que investiga la presunta apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social por $19.353.546.843,85.
En la misma resolución, el magistrado convocó también a la propia Asociación del Fútbol Argentino como persona jurídica y a otros integrantes de la conducción: el secretario general Cristian Ariel Malaspina, el director general Gustavo Roberto Lorenzo y el ex secretario general Víctor Blanco Rodríguez.
Las audiencias fueron fijadas para los días 5, 6 y 9 de marzo de 2026 en la sede judicial de la avenida de los Inmigrantes 1950, en la Ciudad de Buenos Aires. Además, el juez dispuso la prohibición de salida del país para todos los citados, al considerar la “gravedad de los hechos investigados” y la “severidad de la pena en expectativa”.
La medida judicial se produjo tras un pedido de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que denunció a la entidad en diciembre de 2025 y amplió la presentación días después.
Según la acusación, la AFA habría retenido impuestos y aportes previsionales —en su carácter de agente de retención y percepción— que luego no fueron ingresados al fisco dentro de los plazos legales. La investigación abarca 69 hechos independientes ocurridos entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.
El monto total bajo análisis asciende a más de $19.353 millones e incluye retenciones de IVA, Impuesto a las Ganancias —incluido el régimen del artículo 79— y contribuciones a la seguridad social.
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La querella encuadró los hechos en los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario, que contemplan penas de dos a seis años de prisión para los agentes de retención que no depositen los montos retenidos cuando superan los mínimos establecidos por ley.
De acuerdo con la presentación, los importes habrían sido efectivamente descontados, pero no transferidos al Estado dentro del plazo de 30 días corridos posteriores a su vencimiento.
ARCA sostuvo que existe un “grado de sospecha suficiente” para avanzar con las indagatorias y señaló que durante el período investigado la AFA registró importantes acreditaciones bancarias e incluso constituyó plazos fijos en pesos y dólares, lo que —según el organismo— evidenciaría capacidad económica para cumplir con las obligaciones fiscales.
En el expediente se detalló el esquema interno de liquidación y pago de impuestos dentro de la entidad. Según testimonios administrativos, la gerencia contable confeccionaba las declaraciones juradas y comunicaba los vencimientos al tesorero, quien impartía la instrucción de pago y generaba los Volantes Electrónicos de Pago (VEP).
ARCA sostuvo que las decisiones finales estaban concentradas en la mesa directiva, integrada por el presidente, el secretario general y el tesorero, quienes además firmaban los estados contables.
En ese sentido, la querella consideró “difícil suponer” que una omisión prolongada durante 19 meses consecutivos pudiera haberse producido sin conocimiento de las máximas autoridades.
La declaración indagatoria constituye el primer acto formal de defensa dentro del proceso penal. En esa audiencia, el juez comunica los hechos atribuidos y las pruebas reunidas, y los imputados pueden declarar o abstenerse.
De manera paralela, los abogados de la AFA apelaron ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico el rechazo a un planteo de sobreseimiento por “falta de acción”, por lo que esa cuestión será revisada por el tribunal superior.
Por el momento, la causa se encuentra en etapa de instrucción y la eventual responsabilidad penal de los involucrados deberá determinarse a lo largo del proceso.
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