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Finalmente, y tal como se había anticipado, el Gobierno oficializó el veto total de la ley de movilidad jubilatoria, que había sido aprobada por el Congreso. La decisión del presidente Javier Milei se hizo efectiva con la publicación del decreto 782/2024 en el Boletín Oficial, que se conoció en la madrugada de este lunes, en donde se dejó sin efecto el proyecto de la oposición que había tenido el visto bueno de ambas Cámaras.
Por otro lado, el Gobierno fijó un nuevo bono extraordinario para jubilados y pensionados por un monto máximo de hasta 70.000 pesos que se abonará en el mes de septiembre de 2024.
Si bien el veto ya había sido firmado por el propio Milei durante el fin de semana, tras reunirse con diferentes diputados de La Libertad Avanza (LLA) en Casa Rosada, hoy quedó oficializado con el documento que fue firmado por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; la ministra de Capital humano, Sandra Pettovello; el ministro de Economía, Luis Caputo; la Canciller, Diana Mondino; el ministro de Defensa, Luis Petri; la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich; el ministro de Salud, Mario Russo y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
La norma que justifica el veto apunta al gasto extra que implicaría para las arcas estatales la implementación de la ley, el cual se traduciría en un gasto que no estaba proyectado en el Presupuesto de este año de alrededor de $6.160.000.000.000 para 2024 y de $15.430.000.000.000 para 2025.
El texto aduce que “la administración de los recursos públicos debe ser realizada en forma responsable y conforme a los fines públicos y principios de buena administración”, y agrega que “la economía tiene reglas claras y la primera de ellas es que no se puede gastar más de lo que ingresa”.
De esta forma segura que “de dar cumplimiento a la medida sancionada por el Congreso de la Nación dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas de la República Argentina , ya que significaría la necesidad de obtener una fuente de financiamiento extraordinaria, imprevista, a efectos de afrontar su costo, sea a través de deuda pública o aumento de impuestos”.
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“El proyecto de ley sancionado padece graves deficiencias técnicas y operativas que ponen de relieve su manifiesta irrazonabilidad y las serias dificultades que presentaría su implementación”, explica la medida, y agrega que se trata de un gasto que “por su efecto acumulativo, se incrementaría año tras año”. Además sostiene que “condena a nuestros jóvenes a más emisión, deuda, inflación y pobreza”.
En tanto que el documento culmina sosteniendo que “la crisis del sistema previsional argentino no es un fenómeno reciente, sino que lleva décadas sin ser resuelta”.
Por otro lado, en sintonía con el veto, el Gobierno nacional fijó un nuevo bono extraordinario para jubilados y pensionados por un monto máximo de hasta 70.000 pesos que se abonará en el mes de septiembre de 2024.
La decisión llega después del veto del Presidente a la reforma de actualización jubilatoria que se votó en el Congreso.
El decreto lleva la firma del presidente Javier Milei, del Jefe de Gabinete Guillermo Francos y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
Según lo fijado en el decreto serán beneficiarios de este bono las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES; las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias; los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo ANSES.
Además se dispone que para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado, también serán alcanzadas por el bono.
El decreto establece que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono. Es decir cobrará la diferencia.
El bono tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.
Cabe destacar que según el decreto de necesidad y urgencia 274, de marzo último, todos los meses los ingresos del sistema general de la Anses se reajustan en igual porcentaje que la inflación, según el dato de dos meses atrás. En julio el Índice de Precios al Consumidor (IPC) avanzó un 4,03% y, por tanto, ese es el incremento aplicado a todos los ingresos del mes actual. El haber mínimo de septiembre es, así, de $234.540 y el máximo, de $1.578.234. Ambos montos son en bruto, en tanto que, una vez hecho el descuento para el aporte al PAMI, los importes son de $227.504 y $1.490.576, respectivamente.
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